miércoles, 14 de septiembre de 2011

Anexión de Chiapas a la Federación Mexicana (187 aniversario)

Hoy 14 de septiembre de 2011 se conmemora el 187 aniversario de la incorporación del Estado de Chiapas a la República Mexicana, por tal motivo les dejo un resumen que describe un poco de la historia de como se llevó a cabo tal acontecimiento, con un artículo de Fernando Serrano Migallón.


En el año de 1524 el capitán español Luis Marín es enviado a someter la región en Ia que Se encuentra actualmente el Estado de Chiapas; después de varios enfrentamientos con los naturales, llamados chiapa y en los que resulta victorioso; continua con Ia tarea de eliminar toda resistencia por parte de otras naciones indígenas, se dirige a la zona que hoy ocupa el estado de Tabasco; donde no puede cumplir su cometido de fundar una ciudad como le encomendó Cortés. La expedición había sido dotada de una fuerza poco numerosa, tras la derrota, los nativos se reorganizan y se rebelan ante el poder español, pues si bien habían sido derrotados en el campo de batalla no hablan sido ni reducidos ni sometidos en forma definitiva.



Antes, en 1523 Pedro de Alvarado había irrumpido con su fuerza conquistadora en el Soconusco y ante la resistencia de los indígenas, en particular en Tonalá, tuvó, como después haría Marín, que dejar inconclusa su intención de establecer una colonia de españoles en la región.


Estos dos fracasos hacen necesaria en 1527, una tercera invasión armada que sería enviada desde la Ciudad de México y que fue encomendada al mando de Diego de Mazariegos.


Las tribus que habitaban la zona de lo que sería el estado de Chiapas, eran los chiapa, zoques, quelenes mames zendales, toltecas y olmecas; los primeros provenientes de Nicaragua.


En el siglo xv los mexica hablan sometido y obligado a pagar tributo a todas las tribus de la región con excepción de los chiapa; Ia variedad de etnias se puede comprobar en el número de lenguas que se hablaban en esa época: Ia maya, nahua. Mame, cachiquel, Chanabal, Chol, Tzotzil, Tzeltal y Zoque; que siguen siendo utilizadas de manera habitual hoy en día, con excepción de la Nahua.


Las fuerzas virreinales llegan a Tochtla, hoy Tuxtla Gutiérrez, donde tienen su primer choque con los indígenas chiapa, estos se vieron obligados a retirarse al cañón del río Chiapa, los guerreros nativos, al verse irremisiblemente vencidos, prefirieron lanzar­ se al abismo antes que ser sometidos, siendo este suicidio masivo imitado por sus mujeres e hijos, desde este momento se conoció a toda Ia región con el nombre de Chiapas en memoria a los caldos en este esta batalla y como reconocimiento a su sacrificio y valor.


Mazariegos, tras someter a las otras tribus de la zona, funda en 1528 lo que se conoció como Villa Real, en homenaje a la población de la que era originario el comandante de Ia fuerza española: Ciudad Real en la Península Ibérica, desde ese momento se hacen las primeras dotaciones de tierra para los españoles y comienza la construcción de la ciudad por los indios sometidos; se designa a los primeros alcaldes Luis de Luna y Pedro de Orozco, posteriormente cambiaria Villa Real su ubicación y llegaría a recibir el nombre de Ciudad Real.


La provincia de Chiapas dependió administrativamente de la Audiencia de México, lugar desde donde salieron las fuerzas conquistadoras, pero en 1542 se crea, por las ordenanzas de Barcelona, la Audiencia de los Confines, a la que fue incorporada Chiapas, junto con otras provincias de Centro América, de 1553 a 1569 nuevamente pasa Chiapas a depender del virreinato, se reintegra en 1569 a la Audiencia de Guatemala de la que forma parte hasta Ia independencia.


En 1556 y 1694, los españoles intentan someter a la tribu lacandona, fracasan en su objetivo, por lo que permanecerían, hasta hoy en día, como pueblo nómada con su peculiar estilo de vida.


La guerra de independencia contra España se inicia en México en 1810, este proceso produce en Chiapas el deseo de obtener Ia independencia, que aunado a la suerte, de que por su lejanía, no se desarrolló ningún combate en su suelo; toda Ia región esperaba el triunfo de Ia causa de Ia independencia mexicana, Ia cual se logra once años después por los Tratados de Córdoba.


Un mes antes de la entrada triunfal en Ia Ciudad de México del Ejército Trigarante encabezado por Agustín de Iturbide, es decir el 27 de agosto de 1821, Fray Matías Antonio de Córdova, Fray Juan Manuel Zapata, Fray Benedicto Correa, Fray Manuel Zacarías Velázquez, este último guatemalteco, junto con el Jefe de armas de Comitán, el coronel Pedro Celis, convienen Ia independencia de Chiapas; el mismo Fray Matías dentro de Ia celebración de Ia misa en la iglesia de San Sebastián y desde su púlpito, incito al pueblo para proclamar Ia independencia de España; fija el día primero de septiembre de ese año para celebrar la jura solemne, al conocer Ia noticia los pueblos cercanos se unen al movimiento, como por ejemplo el pueblo de Zapalutla que hizo suya el acta de Ia declaración comiteca el mismo día.


El 29 de agosto de 1821 se enviaron propios con copias del acta a San Bartolomé, Tuxtla, Oaxaca, Ciudad Real, Quetzaltenango, Guatemala y otra a Ia Ciudad de México dirigida al propio Iturbide; en Ia Capitanía General de Guatemala se recibió el correo de Comitán el 13 de septiembre y el día 15 se da por recibida en sesión solemne en la que comunican haber recibido citada de independencia de Chiapas ratificada por los ayuntamientos de Comitán, Ciudad Real y Tuxtla.


Chiapas notifica a Guatemala Ia decisión de independizarse de España y la invita a hacer lo mismo, en el texto agrega que su independencia es de España y de cualquier otra Nación; si bien es cierto que había sido parte de su Capitanía General, de la cual dependían administrativamente, no manifestaron en ningún momento su intención de pertenecer a ella. El argumento era claro, habían pertenecido a Ia capitanía, está a su vez dependía del virreinato de la Nueva España y sobre ellos habla regido por tres siglos la corona de España, desconocido el rey no existía ningún superior jerárquico.


Guatemala hizo su declaración de independencia el 5 de septiembre y Ia jura solemne el día 23, El Salvador el 22 y Honduras el 28, éstos dos últimos se unen a México y reconocen el Plan de Iguala como suyo.


El nuevo gobierno guatemalteco dirigió al intendente de Chiapas, Juan Nepomuceno Batres, una nota en Ia que se daba instrucción para que Ia provincia se hiciera representar en el próximo Congreso Constituyente y le ordenaba que diera a conocer el acta de Independencia de Guatemala, todo esto sin hacer alusión al acta de Independencia de Chiapas, dando por hecho que era parte integrante del nuevo Estado Guatemalteco.


Comitán previendo posibles dificultades con Guatemala, envió una carta-nota a Agustín de Iturbide para solicitar su apoyo en caso necesario a fin de garantizar su autodeterminación, ésta tuvo cabal respuesta el 17 de octubre de 1821 en los siguientes términos:


Si los habitantes de aquel País convinieren de grado en sustraerse al sistema que rige a la América del Septentrión, podrán vivir tranquilos en la firme inteligencia de que los ejércitos imperiales, verdaderos protectores de Ia libertad de los pueblos, jamás turbaran su quietud, ni harán un solo movimiento para alterar la forma de su gobierno. Más si los guatemaltecos o algunas de esas provincias, declaran al contrario, que el centro de unión debe fijarse en México, a donde parece que les llama la naturaleza y el bien tie su conservación política, entonces hallarán en ml Ia mejor acogida y nada me será. Más satisfactorio que desplegar todo el poder que ha puesto nación en mis manos para contener Ia violencia y redimir los oprimidos. No me persuado de que los gobernantes de Guatemala intenten sojuzgar Chiapas, que tan gloriosamente ha manifestado su espíritu de unión y que ligada ya al Imperio Mexicano por los vínculos más sagrados, no con­ sentirá en retroceder una línea de los limites que le ha marcado el juramento espontaneo de sostener su independencia sobre las bases del Plan de Iguala. Pero, si fuera de mi cálculo, y contra todo principio de justicia, se emprendiese cualquier tentativa por parte de Guatemala, para evitar ese caso, marcha ya una respetable fuerza al mando del señor coronel conde de Ia Cadena, que pondrá a cubierto Ia Provincia de Chiapas, con las demás que quieran seguir su suerte y no permitir que se atente impunemente contra sus augustos derechos...


Esta situación se repetía en Centro América, Honduras, Nicaragua y El Salvador vivieron situaciones similares a la de Chiapas, naciones que no tuvieron que luchar contra España para lograr su independencia, sino tuvieron que hacer contra los guatemaltecos a fin de mantener su recién obtenida soberanía.


Guatemala busca a toda costa mantener bajo su poder los territorios antes mencionados, esta actividad produjo tres efectos negativos para las intenciones guatemaltecas en detrimento a lo que hubiere sido más natural por su cercanía a Centro América, primero: unió a los pueblos amenazados; segundo: surge una dignidad común herida; tercero: México se ye como una fuerza que podía proteger mejor su autonomía y con quien en definitiva se podía compartir un destino. Las presiones guatemaltecas por conservar Chiapas, resultaron contrariasen el ánimo de la población.


El 8 de octubre en Comitán se acordó, que en vista a que la Capitanía General de Guatemala habla estado supeditada al Virreinato de México, el Imperio actual era Ia autoridad que podía legitimar la segregación de Chiapas de todo gobierno de Centro América, y con tal propósito fue encargado, por todas las cabeceras municipales, al padre Pedro de Solórzano, miembro de Ia Junta Provincia, en cuyos poderes figuraba lo siguiente: “La Provincia de Chiapas, en ningún tiempo podrá volver a estar bajo el gobierno de Guatemala, aun cuando estas provincias llegaren a poner rey ó república”


El 16 de enero de 1822, se publica el Decreto por el que se incorpora Chiapas al Imperio Mexicano:


La regencia del Imperio Mexicano, gobernadora interina por falta de Emperador a todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: Que el presbítero Don Pedro Solórzano, individuo de la Diputación Provincial de Ia provincia de Chiapas, en nombre y legitima representación de dicha Provincia, como acreditan los poderes e instrucciones que presento por el Ministerio de Relaciones Interiores y Exteriores, ha solicitado que la nominada provincia, que antes de ahora pertenecía a Guatemala quede separada perpetuamente del gobierno de ese reino y admitida en el número de las que componen el Imperio Mexicano y proclamado su Independencia de la monarquía española bajo el Plan de Iguala y Tratados de Córdoba; y respecto a que la Junta Soberana Provisional en sesión de 12 del último noviembre otorgo la misma solicitud instaurada entonces por varias autoridades de la repetida provincia, se declara ésta incorporada para siempre en el Imperio, en cuya virtud gozará de los derechos y prerrogativas que correspondan a las demás provincias mexicanas, será gobernada por las mismas leyes y protegida con todos los auxilios que necesitare para su seguridad y conservación. Y esta declaración se trasladará a los ministerios de Estado y se hará saber al mencionado presbI­ tero, dándole los testimonios fehacientes que pida para su satisfacción y Ia de sus comitentes. Dado en el Palacio Imperial de México, a 16 de enero de 1822, segundo de Ia independencia.


Agustín de Iturbide, presidente. Manuel de la Bárcena, José Isidro Yáñez, Manuel Velázquez de León, Antonio Obispo de Puebla, José Manuel de Herrera.


Estos fue lo que se acordó como respuesta a los poderes que presentó don Pedro Solórzano y que correspondían a los Ayuntamientos de San Cristóbal, Comitán y Tuxtla. El gobierno provisional se encomendó al Sr. Don Manuel José de Rojas de San Cristóbal y como Intendente de Hacienda al Sr. don Luis Antonio de García. Guatemala se encontraba en la disyuntiva de incorporarse al Imperio Mexicano al igual que el resto de las naciones centroamericanas; sin embargo, no acepta la determinación tomada respecto a Chiapas, disputa que mantendría hasta Ia firma del tratado de límites territoriales que firmo con México en el año de 1883.


Centro América se une finalmente al Imperio Mexicano, en febrero de 1822 y forman uno de los imperios más grande territorialmente, superado solo por el ruso y el chino.


Sin embargo, esta integración efímera dura por solo dieciocho meses. En México se inicia el movimiento tendiente a abolir el Imperio, el Plan de Casa Mata se da a conocer el lo. de febrero de 1823, en el se propone, por primera vez, una república federal, inspirada en el espíritu y los logros federalistas y republicanos de la de los Estados Unidos de América, bajo las normas de su Constitución Política de 1787, la cual establece por vez primera estas formas de estado y gobierno.


El efecto que produce las discusiones sobre Ia constitución republicana es desmembrante, en particular en las tendencias centralistas. Se declaran nulas todas las obras y decisiones del Imperio; Monterrey, Guadalajara, Yucatán y Oaxaca, se declaran autónomos y a Centro América y Chiapas se les dejó en libertad de decidir su futuro en forma independiente.


Centro América aprovecha la oportunidad y se declara libre e independiente de España, México o cualquier otra potencia, declarando que “Las que componían el antiguo reino de Guatemala formaban una Nación soberana, que se denominarían Provincias Unidas del Centro de América”, en ella se reserva Ia posibilidad de decidir por el pueblo chiapaneco, que no estuvo representado en la firma del Acta Guatemalteca del lo. De julio de 1823 en la que Chiapas no es citada.


Chiapas estuvo invitada a participar en el Congreso, y también lo fue para participar en Ia elaboración de el Acta Constitutiva de la Federación Mexicana de 31 de enero de 1824 en la que no se le menciona como parte integrante de la nación. Tampoco asistió a las sesiones del Congreso Constituyente que elaboró Ia Constitución promulgada el 4 de octubre de 1824, donde, sin embargo, se le cita como parte integrante de Ia Federación Mexicana, aunque no tiene ningún diputado signante de Ia misma, habiendo sido el único estado no representado, ya que durante el desarrollo del Congreso, Chiapas estaba decidiendo su futuro por medio de un plebiscito.


Chiapas rechaza las invitaciones tanto de Guatemala, como de México, y los representantes de todo el territorio fueron convocados por el Intendente el 8 de abril de 1823, día que se decidió convocar a los ayuntamientos para que nombrasen nuevamente representantes con todos los poderes, a fin de decidir el destino de Chiapas, y determinar si el pacto de unión con México quedaba o no subsistente en vista de que, por una parte el actual gobierno de México, desconocía los acuerdos del Imperio, y por otra, Ia anexión de Chiapas se había dado bajo los Tratados de Córdoba y Plan de Iguala que establecían Ia creación de un imperio no de una república.


El 4 de junio de 1823 se reunieron 10 diputados, los debates se articularon en dos formas una en pro y otra en contra, de la subsistencia del pacto de anexión con México. Enconada Ia discusión finalmente Ia votación queda empatada: cinco a favor cinco en contra, ante lo cual se decidió esperar a los diputados no presentes que eran de Istacomitán y Tapachula; en tanto, Ia Junta se autonombro Suprema Provisional, y cambiarían Ia esencia del debate, que paso de discutir si subsistía su anexión con México, a determinar la conveniencia de su unión a México o a Guatemala; el Jefe Político Superior de Ia Junta era Don Gregorio Suasnavar.


La Junta Suprema expide el 31 de Julio de 1823 un Decreto por el cual se declaraba a Chiapas como una provincia legalmente constituida e independiente de México y de toda otra autoridad, por Jo que tenla absoluta soberanía pan decidir lo que mejor conviniere a sus intereses. Entre tanto, Ia Junta asumiría los tres poderes públicos, desempeñando ella misma el Legislativo, y con Ia facultad de nombrar a quiénes ejercieran el Poder Ejecutivo, y estableciendo como Poder Judicial un Tribunal de Segunda Instancia; Ia primera instancia sería ejercida por aquellos que con anterioridad lo hablan llevado; dispuso igualmente que regía en lo aplicable Ia Constitución Española de Cádiz de 1812 y las leyes españolas vigentes antes de Ia independencia y que no se opusieran a las bases que debían surgir de la creación de la propia Junta, expidiendo una convocatoria para la formación de un Congreso Constituyente.


La Junta se apoyo para expedir este Decreto, en los artículos 10 y 11 de Ia Convocatoria del Congreso General de México, del 17 de junio de 1823; que dejan en completa libertad a las provincias de Centro América, para decidir si permanecerían o no unidas a México. Chiapas se encontraba en este supuesto.


El 31 de agosto de 1823 llega a Ciudad Real el General mexicano Vicente Filisola, quién había conducido ala ex capitanía General de Guatemala durante su anexión al imperio Mexicano, se le había encomendado restablecer el orden y obligar a Ia observancia de la Constitución provisional del Imperio, disolver la Junta, reinstalar a Ia diputación y reponer al Jefe Político, a quien se dejaría una guarnición militar para conservar Ia paz y tranquilidad pública.


Filisola para cumplir su cometido, deja en el mando militar a don Felipe Codallos, y en el mando político a don Manuel José Rojas; Ia anterior diputación provincial del Imperio Mexicano en Chiapas, comenzó a funcionar y pidió a las autoridades del Estado que prestaran juramento de obediencia y reconocimiento al Soberano Congreso y Supremo Poder Ejecutivo de México.


A pesar de los 100 hombres de infantería y 30 de caballería dejados en Ia guarnición, el descontento en Ia región se fue generalizando, se presentía un alzamiento contra las autoridades representativas de México, que llegó el 24 de octubre con el nombre de Plan de la Libertad, iniciado en Comitán, abanderado por el párroco Fray Matías de Córdova, quien arma a 400 comitecos bajo las Ordenes del coronel Matías Ruiz.


El Plan de Ia Libertad contenía en 11 artículos la declaración reiterada de que Chiapas era libre de México y de toda nación, que se encontraba en estado de resolver lo que mejor le conviniese; reponla la Junta Suprema, concedía una amnistía general por las opiniones políticas, se declaraba que no se hacia Ia guerra a México, y declaraba nulos los juramentos a favor del Congreso General y Poder Ejecutivo mexicanos.


El jefe militar puesto por Filisola, coronel Codallos, decide el 27 de octubre no oponer resistencia a los comitecos del coronel Malas Ruiz, las autoridades locales le facilitan los recursos necesarios para su retorno; lo que hace rumba ala Ciudad de México, el 4 de noviembre de 1823. La Junta reinicia sus funciones haciendo nuevas designaciones:


como jefe militar a don Tiburcio Farrera, como jefe político a don Luis García.


La capital del estado estaba a favor de la anexión con México, y el 16 de noviembre se pronuncio la guarnición en este sentido acantonándose en el cerro de San Cristóbal, las fuerzas del coronel Matías Ruiz lograron su rendición sin que opusieran resistencia, pero estas “divisiones unidas” realizaron tales desmanes en Ia capital que ci ayuntamiento acordé su disolución, las tropas saldrían de Ia Ciudad de México el 10 de enero de 1824.


Los chiapanecos sabían que su futuro estaba en Ia incorporación con alguno de sus vecinos fronterizos, pero Ia pregunta era qué sería lo mejor para ellos; el padre Barnoya y algunos comisionados de Tuxtla trabajaban a favor de Ia anexión con Guatemala, la Junta Suprema continuó sus trabajos y el día 30 de enero nombró una comisión compuesta por don Fernando Corona, Lic. Don Mariano Coella, don Manuel de J. Zepeda, don José Ignacio Larrainzar y don Matías Camacho, para que reunieran todos los datos posibles sobre las ventajas de la unión a uno u otro vecino.


El Congreso Directivo, después de considerar todos los proyectos y de comprender que el Estado naciente era aún débil para sostenerse solo en el concierto de las naciones, se propuso, por Ia representación comiteca, que puesto que Centro América ya habla adoptado Ia forma federal; Chiapas podría adherirse a México o Guatemala, por lo que se debla preguntar a Ia voluntad colectiva, por medio de un plebiscito a cuál de los dos países inclinaba la población su simpatía y conveniencia.


El Congreso expidió entonces una Ley, de fecha del 24 de marzo de 1824, convocando a todos los habitantes sin excluir uno solo, ni niños o mujeres, que en esa época no tenían derecho al voto en Pals alguno, y sin otra sujeción más que su conciencia, para que emitieran ci voto que le inspirase su simpatía, su conveniencia, y de cuyas sumas la mayor parte daña Ia resolución con carácter de irrevocable y definitiva.


A fin de buscar que Ia trascendente e histórica decisión que tomarían los habitantes de Chiapas, no se diera en una forma irresponsable e impensada, por simple arrebato, se fijo ci plazo de seis meses, para la celebración de Ia votación Estos meses fueron de preparación, discursos, polémicas, conferencias, los indios visitaban los rincones más alejados de Ia región informando sobre la materia en cuestión, en el idioma de cada nación indígena, y con la participación de Ia gran mayoría de estos.


La fecha del plebiscito se fijo para el 12 de septiembre de 1824, México propuso a Guatemala el envión de representantes para presenciar las elecciones, solo participó México con un observador solitario sin acompañantes militares, que fue Sr. José Javier de Bustamante.


Chiapas en esa primera mitad del siglo XIX, estaba compuesto de 12 partidos, comprendiendo 104 pueblos y una población de 176 953 almas, los cuales llegado el 12 de septiembre de 1823 votaron como sigue:


Por Ia unión con México 96 829


Por la unión con Guatemala 64 400


No manifestaron su opinión 15 724


Como se puede observar este ejercicio democrático tuvo una participación prácticamente total de la población chiapaneca, voto el 91.1% de Ia población, con solo Ia abstención de un reducido 8.9%, de los pobladores que acudieron a emitir su voto 54.7% señalaron su deseo de pertenecer a Ia Federación Mexicana, y 36.4% con Guatemala.


Se declaró solemnemente por Ia Junta el día 14 de septiembre de 1824, que Ia provincia de Chiapas quedaba incorporada a la Federación Mexicana, se envió copia del acta a la Ciudad de México, en Ia que se explicó el procedimiento que se siguió para llegar a tales conclusiones; en la actualidad, los mexicanos, y especialmente los chiapanecos celebran anualmente este aniversario, el 14 de septiembre fue declarado en 1912 como día de fiesta en el estado.


En México, entre tanto, se establezcan los lineamientos para la república naciente, una vez eliminada Ia tendencia monárquica, los legisladores se encontraban divididos ahora entre los que simpatizaban con una república federada y los que deseaban una central, conflicto que no pudimos resolver en definitiva sino hasta el 5 de febrero de 1857 con Ia promulgación de Ia Constitución que establece, hasta la fecha, Ia forma de república federal para nuestro País.


En esos momentos ya se habla expedido el Plan de la Constitución Política de la Nación Mexicana de 16 de mayo de 1823, que cristalizarla con la promulgación de Ia Constitución de 4 de octubre de 1824; el 12 de junio de 1823 se da el famoso Voto por Ia Forma de República Federada, en el que se señaló:


El soberano Congreso Constituyente, en sesión extraordinaria de esta noche, ha tenido a bien acordar que el gobierno puede proceder a decir a las provincias estar el voto de su soberanía por el sistema de República Federada, y que no lo ha declarado en virtud de haber decretado se forme convocatoria para nuevo congreso que constituya la Nación. Con el anterior voto, se eliminó la tendencia separatista de entidades como Jalisco, Nuevo León, Zacatecas, etc.


Una vez que se hubo resuelto el problema interno en Chiapas, el Gobierno Federal Mexicano envió a Chiapas el Acta de Agregación, ordeno a la Junta Suprema que siguiese gobernando y Ia envió el Acta Constitutiva y Ia Constitución de Ia Repi5blica Mexicana de 1824, las que fueron juradas en Chiapas el 13 y 14 de noviembre de ese año, lo que una vez cumplido se expidió Ia convocatoria para un Congreso Constituyente local, que se instaló el 5 de enero de 1825.


El territorio del Soconusco se mostró inconforme con la decisión del pueblo chiapaneco, se negó a someterse a Ia autoridad federal mexicana, promoviendo su separación de Chiapas, situación que prevaleció hasta 1842.


La primer Constitución del estado de Chiapas se expidió el 19 de noviembre de 1825 el 11 de marzo siguiente se instaló el primer Congreso Constitucional, el cual dentro de su gestión elaboró su famosa Ley agraria del primero de septiembre de 1826, fue nombrado como primer Gobernador constitucional del Estado don José Diego Lara, quien entró en funciones el 17 de abril de ese año.


El Departamento del Soconusco fue intervenido militarmente por Guatemala, con fuerzas al mando del coronel José Pierzon, quien hace jurar a las autoridades locales y a los habitantes la Constitución de su Pals, y llevó a cabo un gobierno arbitrario y persiguió a los promotores de la unión con Chiapas y México. El gobierno de Chiapas solicitó el envío de tropas federales al Soconusco, .pues no renunciaba a sus derechos sobre ese territorio, el avance militar mexicano se realizó hasta Tonalá, al mando del general Juan Pablo Anaya, llegando el 7 de julio de 1825, los gobiernos de México y Guatemala dialogaron por vía diplomática y decidieron desmilitarizar la zona, que quedarla exclusivamente con sus autoridades municipales y en un estado de neutralidad.


México no impuso cesiones territoriales a Guatemala, ni por Ia vía militar, ni por Ia vía de Ia compra de soberanía. Chiapas no perteneció ni un solo día como territorio de Ia república de Guatemala, ni a los chiapanecos se les impuso por fuerza la nacionalidad mexicana, Ia que adoptaron con total discrecionalidad y meditación.


México rechaza en 1832, el arbitraje de los Estados Unidos o Inglaterra propuestos por Guatemala en la cuestión del Soconusco, continuando la neutralidad pactada del territorio. El 11 de septiembre de 1842 Santa Anna ordena la ocupación militar del Soconusco y la elevación de Tapachula al rango de Ciudad, formando parte de Ia prefectura del Departamento de Chiapas; el territorio se había con­ vertido en guarida para delincuentes de ambos países que, aprovechando Ia neutralidad del mismo y la insuficiencia de autoridades, se refugiaban en él; se invitó a las autoridades guatemaltecas a solicitar a sus reclamados por delitos e incluso se le autorizaba a ingresar militarmente en forma coordinada con Ia guarnición mexicana para buscar a sus delincuentes.


El arreglo final de Ia soberanía mexicana en el Soconusco, es decir, en Ia región de Tapachula, se logró con la firma del Tratado de Límites entre México y Guatemala signado en la Ciudad de México el 27 de septiembre de 1882, entre los presidentes Manuel González de México y el Gral. Rufino Barrios de Guatemala, representados por sus plenipotenciarios don Ignacio Mariscal y don Manuel Herrera hijo, respectivamente, y publicado en el Decreto el primero de mayo de 1883.


Este tratado pone fin a la disputa entre Guatemala y México y consagra definitivamente la vinculación de Chiapas a Ia Federación Mexicana.


La historia de este territorio, por demás singular, y el proceso de su incorporación a México, fue fundamental para el fortalecimiento del sistema Federal Mexicano.


Estas no son las únicas características peculiares que tiene el Estado, la riqueza de su cultura, Ia pluralidad de sus razas, asentadas en un territorio agreste y prometedor y una estructura social peculiar y particular; hacen que Ia vida en Chiapas nos recuerde su proceso de su incorporación a México.


Desde antes de la llegada de Los españoles a la zona, hasta nuestros días, la vida chiapaneca ha sido muestra de Ia convivencia de múltiples estilos de vida y de las formas de verla; lo que ha hecho posible que ese crisol dé los frutos que ha producido hasta el momento gracias a la tolerancia y respeto que muestran los integrantes de esta sociedad, que habita el territorio.


Sin Ia tolerancia y respeto, a sus costumbres, leyes y normas de convivencia esto no habría sido posible; con respeto al derecho y Ia aplicación escrupulosa de sus normas son el elemento sin el cual esta convivencia no podría encontrar los mejores cauces para sortear los problemas y los conflictos; lo que es indispensable para su logro de sus fines y el mejoramiento de las condiciones de vida de Ia población.


El respeto a un orden jurídico valido justo y eficaz y Ia protección a las costumbres y formas de vida, son su presupuesto necesario para el desarrollo y progreso del Estado.


La vida diaria en Chiapas es tan complicada como fue su proceso de su incorporación a México y su evolución pacífica se debe decidir por la voz de todos los que participan en ella.









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